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Myrna Elia García Barrera

Published: March 06, 2008
Last Updated: March 06, 2008

Afectación a la Intimidad por la Recopilación de Información en Bancos o Bases de Datos

By Dra. Myrna Elia García Barrera

La intimidad, entendida como una esfera del individuo en la que éste puede desenvolverse sin sufrir injerencia de ninguna especie, es un derecho personalísimo que ha evolucionado a través del tiempo; ahora en esta nueva sociedad informacional, el derecho a la intimidad protege una zona espiritual íntima, o sea, un reducto personal y privado frente a posibles agresiones exteriores y frente al conocimiento de los demás, y debe ser garantizado por un poder jurídico sobre la información relativa a una persona o a su familia, imponiendo a terceros y a los propios poderes públicos la obligación de que dichas personas manifiesten su voluntad de no dar a conocer dicha información o, mejor dicho, prohibiendo la difusión de una información no consentida. (Fernández Rodríguez, José Julio. 2004. Lo público y lo privado en Internet. Intimidad y libertad de expresión en la red. Editorial Instituto de Investigaciones Jurídicas. Serie Doctrina Jurídica. No. 154. UNAM. México. Páginas 97 a 99.)

Algunos autores lo han conceptualizado como el derecho personalísimo que permite sustraer a la persona de la publicidad o de otras turbaciones de su vida privada, el cual está limitado por las necesidades sociales y los intereses públicos.

También se ha dicho que es aquél derecho que garantiza a su titular el desenvolvimiento de su vida y de su conducta dentro de un ámbito privado, sin injerencias ni intromisiones que puedan provenir de la autoridad o de terceros, y en tanto dicha conducta no ofenda al orden público y a la moral pública, ni perjudique a otras personas.

"Los avances tecnológicos han dado lugar a nuevas formas de agresión a la intimidad y a la vida privada, en un elenco que no está, ni mucho menos cerrado y con una escala de gravedad diversa. Así podemos citar:

La entrada en el disco duro de un ordenador sin consentimiento.

La elaboración de perfiles del navegante (constituidos en torno a su vida privada) con fines publicitarios u otros más graves.

La simple acumulación o registro de datos sin consentimiento.

El empleo de una dirección IP asignada a otro ordenador.

La intercepción de mensajes de correo electrónico y de las comunicaciones en general (leyendo y/o modificando su contenido).

La suplantación de personalidad de un usuario o de la identidad de una computadora.

El hostigamiento electrónico.

El uso indebido de directorios de correos electrónicos o listas de usuarios.

Alteración o destrucción de información.

Impedimento para acceder a la información (interrupción del servicio).

El acceso a la cuenta del administrador." (Ibíd. Páginas 99 y 100.)

¿Cómo se afecta la intimidad con la recopilación de datos personales? En primer lugar hay que tener en cuenta que esta información se recopila en la mayoría de los casos sin el consentimiento del titular o dueño de los datos. Cabe aclarar que el otorgamiento de esa información por parte de sus titulares no significa autorizar su uso para otros fines, aunque ello sí suceda en la práctica.

Todos los datos que brindamos en el desenvolvimiento de nuestra vida, y aquellos que surgen de actividades de terceros, pero que están relacionados con nuestra persona, van conformando un perfil no querido de nuestras actividades, de nuestros gustos, de nuestras situaciones pasadas y presentes. Aún sin consentimiento del titular y dueño de esos datos, cualquiera que tenga acceso a los mismos puede tener un panorama global de su vida.

Para apreciar la legalidad de esta actividad, habría que preguntarse cuál sería la respuesta de un ciudadano común, de requerírsele el suministro de todos estos datos. Aunque en general no se toma conciencia de la intromisión a la vida privada que significa el acceso a toda esta información, lo cierto es que llegado el caso de querer obtener un préstamo o una tarjeta de crédito, quien posea algún hecho pretérito relevante en su pasado económico — por más lejano que éste sea — encontrará un obstáculo para realizar la operación. Ello será así con independencia incluso de lo escaso del monto del préstamo o la importancia de su situación económica actual.

Esta violación a la privacidad se hace más patente con el nacimiento de las autopistas de la información, sobre todo con la existencia de redes de computadores que ofrecen información pero que también permiten registrar –subrepticiamente- los sitios que se recorren en la Web, los datos que se consultan y los bienes o servicios que se adquieren. Esta nueva amenaza, generará sin duda alguna, un nuevo enfoque para regular el manejo de datos personales.


García es Directora Técnica de la Comisión de Acceso a la Información Pública del Estado de Nuevo León.